La Ciudad prohíbe la pirotecnia ruidosa para cuidar a las personas, los animales y el ambiente 🎆🚫
Con el objetivo de proteger a niños, adultos mayores y personas con autismo, así como a los animales y al ambiente 🌱🐾, la Ciudad dispuso la prohibición del uso de artículos de pirotecnia con "efecto audible" en todo el territorio porteño.
"Prohibimos el uso de pirotecnia con efecto audible en toda la Ciudad. La pirotecnia sonora perjudica la salud de personas mayores, personas con TEA y bebés. Además, genera daños en los animales y en el ecosistema. Esta medida también responde a un reclamo que escuchamos con frecuencia en las reuniones con vecinos", expresó Jorge Macri.
El Jefe de Gobierno encomendó a la Agencia de Protección Ambiental (APRA) la adecuación de la normativa vigente y la implementación de acciones vinculadas al uso de artefactos pirotécnicos y de estruendo en todo el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires.
De este modo, el artículo 1° de la resolución de APRA declara a la Ciudad como "zona calma libre de pirotecnia" y prohíbe el uso de cualquier tipo de artificio pirotécnico con "efecto audible". A su vez, el artículo 4° del decreto firmado por el Jefe de Gobierno establece la prohibición del uso de artículos y artificios de pirotecnia y de estruendo en todos los eventos o espectáculos organizados por el Sector Público de la Ciudad de Buenos Aires 🎭🚫.
Cabe recordar que ya existía una resolución de 2020 que establecía una "zona calma" en un radio de 100 metros alrededor de las Reservas Ecológicas Costanera Norte, Costanera Sur, Lago Lugano, el Ecoparque y hospitales 🏥🌿, donde estaba prohibido el uso de pirotecnia con efecto audible. Con esta nueva medida, la restricción se extiende a toda la Ciudad.
La Agencia de Protección Ambiental es el organismo encargado de resguardar la calidad ambiental mediante la planificación, programación y ejecución de acciones que permitan cumplir con la Política Ambiental de la Ciudad, orientada a preservar la salud y el ambiente de sus habitantes.
Quedan excluidos de esta prohibición los artificios pirotécnicos utilizados para emitir señales de auxilio, aquellos destinados al uso de las Fuerzas de Seguridad y Defensa Civil, y las actividades que, por motivos de seguridad, requieran necesariamente su utilización.
Tal como lo establece el artículo 26 de la Constitución de la Ciudad, "el ambiente es patrimonio común y toda persona tiene derecho a disfrutar de un ambiente sano, así como el deber de preservarlo y defenderlo, en beneficio de las generaciones presentes y futuras" 🌎💚.
